Estos datos deberán aparecer en el envase de
forma clara y legible.
El objetivo de la iniciativa es dar a los consumidores una mayor información que les permita optar por una dieta saludable y contribuir así a la lucha contra la obesidad.
El reglamento obliga a detallar en el envase el contenido de energía, grasas, grasas saturadas, carbohidratos -con referencia específica a los azúcares-, proteínas y sal por 100ml o 100g, aunque también puede indicarse como porcentaje de la cantidad diaria recomendada.
Estos datos deberán ser legibles, con un tamaño de letra de 1,2 milímetros por lo menos (frente a los 3 milímetros que había propuesto Bruselas), aunque se contemplan excepciones para los envases pequeños. Se podrá añadir información adicional voluntaria sobre cuestiones como nivel de colesterol o fibra.
Otro de los objetivos de esa norma es proporcionar una mayor protección contra los alérgenos. Para ello, pide que se etiqueten todos los alimentos que contengan sustancias alergénicas (como cacahuetes, leche, mostaza o pescado) o que se indique claramente la presencia del alérgeno de otra forma.
Esta legislación sobre etiquetado de alimentos no se aplicará finalmente al vino, la cerveza, los licores y las bebidas alcohólicas aromatizadas.
Los alimentos no envasados también quedan exentos de la obligación de declaración nutricional, a menos que el Estado miembro en cuestión decida lo contrario.