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domingo, 10 de julio de 2011

LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN EN ESPAÑA, UN PASO MÁS

Al fin, nuestra esperada Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición Española, ha sido aprobada y publicada para entrar en vigor, y empezar así, una nueva etapa donde se impulsen hábitos alimenticios saludables entre la población y se controle aún más la seguridad alimentaria.
Aunque más vale tarde que nunca, debemos seguir previniendo, antes que curando y lamentándolo.

De este modo, la ley establece que en las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos, ya sea publicidad o promoción directa o indirecta, quedará prohibida la aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos, para sugerir los beneficios de los alimentos o como medio de inducción al consumo, así como la sugerencia de un aval sanitario o científico.
Asimismo, se prohíbe la promoción del consumo de alimentos con el fin de sustituir el régimen de alimentación o nutrición comunes, especialmente en los casos de maternidad, lactancia, infancia o tercera edad. Además, de la referencia a su uso en centros sanitarios o a su distribución a través de oficinas de farmacia.
No obstante, sí permite la utilización de avales de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones, relacionadas con la salud y la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos, cuando se trate de organizaciones sin ánimo de lucro y se comprometan, por escrito, a utilizar los recursos económicos en actividades que favorezcan la salud.

El Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad, que debe crear el Gobierno a raíz de la publicación de esta ley, será el encargado de recopilar y analizar datos e información, sobre la publicidad de alimentos, emitida por los distintos medios y sistemas de comunicación, con especial atención a la publicidad dirigida a los menores de edad.
Asimismo, las escuelas infantiles y los centros escolares serán espacios protegidos de la publicidad, y sólo se llevarán a cabo campañas de promoción alimentaria, educación nutricional o promoción del deporte o actividad física previamente autorizados por las autoridades educativas competentes, de acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias.

Un observatorio para controlar la salud

La nueva ley aumenta la capacidad de la actual Estrategia de la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad (NAOS), aprobada en 2005, intensificando su carácter interdepartamental e intersectorial, con el fin de invertir la tendencia ascendente de la prevalencia de la obesidad.
La estrategia, que será revisada con periodicidad quinquenal, "estará basada en el análisis de la situación y el conocimiento científico existente en la materia, además de ser coherente con las recomendaciones de los organismos internacionales con los que existan acuerdos suscritos".

No a la discriminación por exceso de peso

Por otra parte, dentro de la ley el artículo 37, señala la prohibición expresa de cualquier discriminación directa o indirecta por razón de sobrepeso u obesidad. "Se considera discriminación directa por esta razón, la situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sobrepeso, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
Aquí podréis descargar, la nueva Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición en España.