El Parlamento Europeo ha
aprobado una directiva sobre el etiquetado de los zumos y néctares de fruta, que
tiene por objetivo, facilitar a los consumidores el mayor nivel de información
posible.
Las nuevas
normas evitarán las denominaciones engañosas de las mezclas de zumos y el uso
erróneo de la indicación "sin azúcar añadido".
Zumos mezclados
Las mezclas de dos zumos tendrán que llevar en el futuro el nombre del producto que refleje su contenido.
Por ejemplo, una mezcla con un 90%
de manzana y un 10% de fresa tendría que llamarse "zumo de manzana y
fresa".
Con las nuevas normas también
podrá utilizarse un nombre genérico como "mezcla de zumos" si la
mezcla contiene 3 o más frutas.
Azúcares y edulcorantes
En el futuro, los zumos de fruta, por definición, no contendrán azúcar añadido
ni edulcorantes.
Los néctares, producidos con purés
de frutas y agua, pueden contener azúcar añadido o edulcorantes.
Para evitar confusión, la etiqueta
"sin azúcar añadido" no se permitirá en los néctares que contengan
edulcorantes artificiales, como la sacarina.
¿Puro zumo de naranja?
De acuerdo con los estándares internacionales, el "zumo de naranja" puede contener hasta un 10% de zumo de mandarina, que mejora el color y el sabor.
Las nuevas normas establecen que
los zumos de naranja importados tendrán que ser puros para poder
comercializarse como tal. En caso de que contengan mandarina, tendrá que ser
indicado en el nombre del producto.
Los productos comercializados o etiquetados antes de esa fecha podrán
venderse en un plazo de 3 años.
España es el principal productor de zumos en el mercado comunitario, y también
es el principal consumidor de estos productos